El control interno de los fraudes en las empresas supone una nueva especialidad a tener en cuenta como preventiva en la buena marcha de las sociedades. Las estadísticas hablan de que los delitos internos en las empresas públicas, suponen el 81%; ¡casi nada!. Pero el referido control necesariamente ha de hacerse sobretodo desde dentro de la propia sociedad y para ello, los empleados dispuestos a la denuncia del defraudador o defraudadores, habrán de disponer de garantías que le inmunicen ante las represalias de quienes también desde dentro encubren a los delincuentes. Desde el punto de vista laboral, algunos han inventado una nueva manera de despedir fraudulentamente, y la tal manera de hacerlo no es la ordinaria y vulgar de despedir, improcedentemente, cometiendo fraude de ley en la contratación. Esta modalidad vil y "barrio bajera" impropia de personas al servicio de una sociedad del estado y propia de personas faltas del más mínimo respeto por la dignidad humana, consiste en elegir una presa y disponer su despido bajo la apariencia de un final de contratación y, en el peor de los casos, disfrazándose los hechos como de un fraude en la contratación cuya improcedencia será imputable a la empresa pública. Una actuación de este tipo, sin duda tiene su justificación en algún interés particular del delincuente o banda de delincuentes que actúan en nombre y a costa del Estado. Esta actitud incontrolada, es efectuada por personas individuales que actúan de manera autónoma pero que lo hacen en nombre de la empresa pública (cualquier denuncia se hará siempre contra la sociedad y nunca contra quienes delinquen en nombre de la misma), amparándose en el poder de defensa que la empresa del estado (abogacía del estado incluida) pondrá a su disposición y ejercerá en su favor, cuando la pobre -presa despedida- denuncie y pretenda esclarecer los hechos en busca de la verdad.
12 marzo 2007
22.El control interno del fraude en una empresa pública
Así, bajo la apariencia de un despido improcedente en fraude de ley en la contratación responsabilidad de la empresa, se encuentra toda una estrategia para despedir sin justificación ninguna a un empleado o empleada, con un interés concreto de los delincuentes, quienes actúan al margen de la propia empresa, siendo encubiertos casi siempre, por los directivos de la sociedad pública que, en algunas ocasiones, consideran que la víctima se ha revelado contra la empresa, con el único ánimo de causar daño a la corporación, su prepotencia no les permite advertir que lo que hace la indefensa presa es exigir sus derechos constitucionales, inmersa en un mare mágnum de falsedades y mentiras, de abusos de poder y de desprecios. Ahora bien, en otras ocasiones, algunos "directivos" encubren las actuaciones delictivas por ser ellos mismos componentes activos de la banda defraudadora.
Ante tales actuaciones todos, desde dentro, habrán de denunciarles y ponerles en manos de la Justicia, hay medios para ello.
Salvo mejor parecer. Baldomero Gómez
Publicado por Baldomero Gómez las 22:05
Etiquetas: Derecho del Trabajo - Relaciones y Ciencias Sociolaborales
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario