tag:blogger.com,1999:blog-19892455.post113786017593460720..comments2017-03-14T02:28:41.283+01:00Comments on Berretum: 3.Tras la creación de la mercantil, respeto pleno por los derechos adquiridos del personal laboral que accedió cuando Correos era AdministraciónBaldomero Gómez http://www.blogger.com/profile/03157984813953061017noreply@blogger.comBlogger1125tag:blogger.com,1999:blog-19892455.post-1138476769893511452006-01-28T20:32:00.000+01:002006-01-28T20:32:00.000+01:00Para F.Marín. Primeramente decirte que este aparta...Para F.Marín. Primeramente decirte que este apartado es para hacer comentarios al artículo, no se trata de una SECCION DE CONSULTAS por razones obvias.<BR/><BR/>Has hecho tu consulta en un artículo que no te afecta, debo entender querías hacerlo en el artículo titulado: "Tras la creacion de la sociedad mercantil, respeto pleno por los derechos adquiridos del personal laboral de Correos y Telégrafos que accedión cuando la empresa era Administración Pública".<BR/><BR/>Bien, por una sola vez daré respuesta en tal sentido, pero logicamente no puede convertirse el apartado de comentarios en un consultorio profesional, pues no es esa mi intención sino que mi pretensión es la publicación de un artículo y su exposición abierta.<BR/><BR/>Para la cesión de contratos es necesario el consentimiento expreso o tácito del trabajador o la trabajadora; si un trabajador de Correos y Telégrafos opta "...voluntariamente a un puesto de trabajo del nuevo sistema de clasificación profesional, le será de aplicación plenamente el Convenio Colectivo de la sociedad mercantil..." así lo expresa el propio Convenio Colectivo (no se trata ya de la Administración Pública).<BR/><BR/>Ha existido un consentimiento para la cesión del contrato, al haber optado VOLUNTARIAMENTE a un puesto del nuevo sistema.<BR/><BR/>Otra cosa es que la empresa pretenda (como parece que quiere hacer), incluir en el nuevo convenio (de la sociedad) ahora en negociación, a todos los trabajadores que ingresaron en Correos cuando este era Administración Pública y no han optado voluntariamente a ningún puesto del nuevo sistema (no prestaron su consentimiento); en ese caso el acto habrá de ser considerado ilegal y denunciarse en los tribunales pues han de "respetárseles sus contratos y con pleno respeto de los derechos y situaciones administrativas que tuvieran reconocidos" ello conforme a la Ley 14/2000 que dispuso la creación de la Sociedad Anónima.<BR/><BR/>Salvo mejor parecer<BR/><BR/>Baldomero<BR/><BR/>8:26 PM<BR/>SuprimirBaldomero Gómez https://www.blogger.com/profile/03157984813953061017noreply@blogger.com